ActualidadDestacadasProvinciales
Tendencia

Se amplía la franja horaria para la libre circulación

Así lo dispuso el Comité Operativo de Emergencia provincial en su reporte semanal.

El COE provincial informó que desde este martes 24 de agosto se amplía la franja de circulación en la provincia de Santiago del Estero, siendo el mismo de 6 a 1.30 horas.

El comunicado completo:

En el día de la fecha, el COE, se reunio y emitió el siguiente comunicado con el informe semanal (desde el lunes 16/08 al Domingo 22/08 inclusive):

  • El número de casos fue de 1.254 positivos.
  • El promedio diario de contagios en estos 7 días fue de 179.
  • El porcentaje de ocupación de camas Covid:
    a) UTI -UCI: 80%
    b) Camas Covid leves y moderados: 40%

NUEVA DISPOSICIÓN

Se amplia el horario de circulación (desde este martes 24/08 partir de las 00 horas) para todos los días de la semana de 06 a 1,30 horas en todo el territorio provincial.

Con excepción de aquellas localidades en que se determinen su aislamiento por razones epidemiológicas. En ese sentido se mantendrá las restricciones de circulación desde las 22 a 06 horas en las ciudades de Monte Quemado y Nueva Esperanza hasta una nueva evaluación epidemiológica, dentro de 5 días).


Se recuerda que en todo el territorio provincial continúan vigentes las disposiciones establecidas en el DNU 494/21; y en ese sentido:

  • Se mantienen vigentes todas las medidas sobre el cumplimiento estricto de los protocolos autorizados por el Ministerio de Salud de la provincia.
  • Se permiten las reuniones familiares hasta 10 personas, mientras que continúan prohibidas las reuniones sociales en domicilios particulares.
  • Dentro de los horarios de circulación estipulados, se podrán desarrollar las actividades no esenciales que se encuentren habilitadas y cumplan el protocolo dispuesto.
  • Se debe mantener la distancia de 2 metros entre personas, usar correctamente el tapabocas en lugares públicos, y la permanente higiene de las manos.
  • Las personas notificadas como positivas de Covid y sus contactos estrechos deben mantener estricto aislamiento domiciliario por 14 días, teniendo en cuenta que la violación de esa disposición significa un grave delito, previsto en el Código Penal (art 202).

Firman: Elías Suárez, Jefe de Gabinete de Ministros – Natividad Nassif, Ministra de Salud.

Comentarios de Facebook

Mostrar más

Publicaciones relacionadas

Cerrar
Cerrar