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Veda electoral: qué no se puede hacer
De acuerdo al artículo 71 del Código Nacional Electoral, la misma rige desde las 8 h del viernes hasta las 21 h del domingo 26 de octubre.

Este domingo 26 de octubre se celebran las elecciones legislativas nacionales para renovar 127 bancas en Diputados y 24 puestos en el Senado. En el caso de Santiago del Estero, también se elegirá gobernador y vice, se renovará la totalidad de las bancas de la Cámara de Diputados de la provincia (40 escaños) intendentes y comisionados en 3 ciudades, y 137 comisionados provinciales.
Como ocurre siempre y en el marco del Código Nacional Electoral, artículo 71, desde este viernes a partir de las 8 de la mañana comienza la veda electoral que se extiende hasta tres horas después de su cierre, a las 21 h.
Qué no se puede hacer durante la veda electoral
- Los partidos políticos no podrán realizar ningún acto de campaña hasta luego del escrutinio provisorio, que arrancará el domingo, a las 18.
- Se prevé la prohibición de todo tipo de espectáculo masivo (cultural, social o deportivo) durante el domingo y hasta tres horas después de finalizado el proceso electoral, a las 21 h.
- La venta de bebidas alcohólicas estará prohibida desde este sábado, a las 20 (medio día antes de la apertura de urnas), y hasta tres horas de finalizados los comicios.
- Tampoco se pueden realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales. Está prohibida la apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros (80 metros) del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos.
- Está prohibido, además, publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.
- También se prohíbe la portación de armas y el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.




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